Calculadora Impuesto de Donaciones Gipuzkoa 2026

Cuánto paga quien recibe una donación en Gipuzkoa, según el importe y el parentesco con quien dona, con la tarifa de la NF 2/2022. Se aplica si quien recibe vive en Gipuzkoa o, si se dona un inmueble, si el inmueble está en Gipuzkoa.

Dinero, o el valor real del piso o del bien donado, menos las deudas garantizadas con él que asuma quien lo recibe.
Vivienda, empresa familiar o donaciones anteriores
Hasta 30.000 € por persona en total, si dona un familiar hasta el tercer grado y la compra es en 2 años (art. 45 bis).
Solo si quien recibe vivía con quien dona en esa vivienda los 2 años anteriores y era la habitual de los dos. 95 % hasta 220.000 € (art. 45).
Exenta en el Impuesto sobre el Patrimonio, donante de 60 años o más y mantenida 5 años. Reducción del 95 % (art. 44.4).
Base de las donaciones ya declaradas, que se acumulan para calcular la cuota (art. 65).

Escribe el valor de la donación para ver el impuesto.

¿Cuánto se paga por una donación en Gipuzkoa?

Lo paga quien recibe la donación (el donatario). Entre cónyuges o parejas de hecho, de padres a hijos y de hijos a padres (también abuelos y nietos), el impuesto es un 1,5 % fijo desde el primer euro: a diferencia de la herencia, en las donaciones no hay reducción de 400.000 € (art. 44.1 NF 2/2022). Para el resto de parientes y personas sin parentesco se aplica una tarifa progresiva.

Ejemplos de impuesto de donaciones en Gipuzkoa
CasoGrupoImpuestoTipo efectivo
100.000 € de padres a un hijoGrupo I1.500,00 €1,5 %
30.000 € a un hijo menor de 36 para comprar su viviendaGrupo I0,00 €0 %
50.000 € entre cónyuges o pareja de hechoGrupo I750,00 €1,5 %
50.000 € a un hermanoGrupo II4.588,05 €9,18 %
50.000 € a un sobrinoGrupo II4.588,05 €9,18 %
50.000 € a una persona sin parentescoGrupo III6.117,39 €12,23 %

Calculado con esta misma calculadora, sin donaciones anteriores.

Donaciones a hijos: dinero y vivienda

Grupos de parentesco y tarifa

La pareja de hecho cuenta como el cónyuge si está constituida conforme a la Ley vasca 2/2003 o inscrita en un registro público análogo de otra comunidad o país; si no, tributa como persona sin parentesco.

Tarifa II (Grupo II)

Tarifa II (Grupo II) del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Gipuzkoa
Base liquidable desdeHastaCuota al inicioTipo del tramo
08.200,00 €0,00 €5,7 %
8.200,00 €24.590,00 €467,40 €7,98 %
24.590,00 €40.980,00 €1.775,32 €10,26 %
40.980,00 €81.970,00 €3.456,94 €12,54 %
81.970,00 €163.940,00 €8.597,08 €15,58 %
163.940,00 €409.930,00 €21.368,01 €19,38 %
409.930,00 €819.670,00 €69.040,87 €23,18 %
819.670,00 €2.049.130,00 €164.018,60 €28,5 %
2.049.130,00 €En adelante514.414,70 €34,58 %

Tarifa III (Grupo III)

Tarifa III (Grupo III) del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Gipuzkoa
Base liquidable desdeHastaCuota al inicioTipo del tramo
08.200,00 €0,00 €7,6 %
8.200,00 €24.590,00 €623,20 €10,64 %
24.590,00 €40.980,00 €2.367,10 €13,68 %
40.980,00 €81.970,00 €4.609,25 €16,72 %
81.970,00 €163.940,00 €11.462,78 €20,52 %
163.940,00 €409.930,00 €28.283,02 €25,08 %
409.930,00 €819.670,00 €89.977,31 €29,64 %
819.670,00 €2.049.130,00 €211.424,25 €35,72 %
2.049.130,00 €En adelante650.587,36 €42,56 %

Fuente: art. 47 de la Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (texto vigente de la Diputación Foral de Gipuzkoa, con modificaciones hasta la Norma Foral 1/2025). No hay coeficientes por el patrimonio previo de quien recibe.

Reducciones y exenciones

En las donaciones no hay reducción por parentesco ni por discapacidad. Solo se aplican estas:

Varias donaciones seguidas

Las donaciones de la misma persona a la misma persona en un plazo de tres años se suman para calcular la cuota y se descuenta lo ya pagado (art. 65); en Gipuzkoa, solo en los grupos II y III. Así se evita trocear una donación grande para pagar tramos más bajos. Si la persona que dona fallece en los cuatro años siguientes, la donación se suma también a la herencia (art. 66).

¿Hace falta notario?

Los inmuebles solo se pueden donar en escritura pública (art. 633 del Código Civil): el notario envía la copia a la Hacienda Foral y el donatario presenta su autoliquidación. El dinero y otros bienes muebles se pueden donar en un documento privado firmado por las dos partes, que se presenta con la autoliquidación. Hazlo siempre por transferencia bancaria: es la prueba de la entrega. La reducción por empresa familiar exige escritura pública.

¿En qué Hacienda se paga?

Según el artículo 25.Uno del Concierto Económico y el art. 2 de la NF 2/2022:

Si quien recibe dinero o bienes muebles ha pasado más días en territorio común que en el País Vasco en los 5 años anteriores, se le aplican las normas de territorio común aunque pague en la Hacienda Foral de Gipuzkoa (art. 25.Dos del Concierto); esta calculadora no sirve para ese caso. Esta regla no afecta a los inmuebles situados en Gipuzkoa.

Plazo, modelo y pasos

  1. Formaliza la donación en escritura (inmuebles) o en documento privado firmado por las dos partes, con la transferencia del dinero.
  2. Calcula el impuesto con el modelo 671 de la Hacienda Foral de Gipuzkoa (información oficial).
  3. Paga y presenta en 30 días hábiles desde el día siguiente a la donación (art. 69 NF 2/2022), aunque el resultado sea cero. Se presenta en la Hacienda Foral de Gipuzkoa, por su sede electrónica o en sus oficinas (se recomienda cita previa; atención telefónica en el 943 113 000). El importe se ingresa en el mismo plazo de presentación (art. 71).
  4. Documentación: DNI de las dos partes, la escritura o el documento privado, el justificante de la transferencia, los certificados de valor de acciones o fondos y los justificantes de las reducciones que apliques.

Modelos: modelos 670, 671 y 672 de la Hacienda Foral de Gipuzkoa.

Lo propio de Gipuzkoa

En Gipuzkoa las donaciones se rigen por la Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que sustituyó en 2022 a la Norma Foral 3/1990.

Sustituyó a la antigua Norma Foral 3/1990 desde el 17 de abril de 2022. Después la han modificado las Normas Forales 4/2022, 1/2023, 1/2024 (que amplió la pareja de hecho a las inscritas en registros de otras comunidades y países) y 1/2025, de 9 de mayo (BOG de 15/05/2025), que añadió la reducción del dinero donado a menores de 36 años para comprar vivienda (art. 45 bis). Las normas tributarias publicadas después en el BOG, hasta octubre de 2026, no modifican este impuesto.

Criterios de esta calculadora

Marco normativo

Donaciones en los otros territorios

Sobre los datos introducidos

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